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ALGETE: PETARDOS SÍ…PETARDOS NO

  • Juan Jesús Valle Portavoz GM
  • 28 ago 2018
  • 4 Min. de lectura

A lo largo de los últimos años y especialmente por estas fechas, se ha venido dando un debate ya característico entre vecinos y vecinas de Algete: Petardos sí, petardos no.

Probablemente tanto los defensores de una posición como los de la contraria tiene razones válidas y objetivas, cada uno desde su perspectiva.


Particularmente soy de la opinión de que en este tipo de cuestiones las posiciones maximalistas, especialmente en cuestiones que tienen que ver con la convivencia, nos llevan casi siempre al terreno del desacuerdo y en otras muchas ocasiones al de un enfrentamiento ridículo y absurdo entre vecinos.


Ante esta tesitura caben dos opciones por parte de una administración:

  1. Cerrar los ojos ante la realidad y que vaya pasando el tiempo sin hacer nada para que nada cambie.

  2. Tratar de gestionar, regular, legislar y tomar decisiones para el beneficio del conjunto de la ciudadanía. Conciliar los intereses de manera razonable.

Algunos políticos piensan que lo primero es lo más fácil. El “no tomar decisiones por miedo”, “ponerse de perfil”, “dejar que el tiempo pase” o “hacer el menor ruido posible hasta que lleguen las elecciones” … son actitudes e incluso frases que en este ámbito se pueden escuchar de manera habitual. Es algo que ni entiendo ahora ni creo que pueda entender en un futuro. La política requiere de avidez y de mucha responsabilidad. Saber mojarse con sentido, saber escuchar e interpretar las necesidades que tiene el conjunto de la Sociedad para llevar a término las decisiones que se requieren. Si este no es el objetivo, entonces ¿cuál es?


Desde PSOE Algete no tenemos duda de que en esta cuestión como en otras, la opción b es la correcta.


Entre la multitud de tradiciones, costumbres y celebraciones asociadas a Algete, figura el uso de petardos y otros artificios pirotécnicos. A este respecto, desde hace un tiempo, nuestros vecinos y vecinas vienen reclamando cierta regulación en su manipulación y uso que prevenga y reduzca algunas de sus indeseadas consecuencias, entre las que destacan el riesgo de daños personales para las personas, incluyendo a quienes manejan estos artificios de manera esporádica.


Resulta fundamental poder conciliar el respeto y la salvaguarda de las tradiciones con la obligación de garantizar la sana convivencia y el beneficio del conjunto. Para ello, el sentido común, la participación y el diálogo en torno a lo que es razonable y deseable para nuestro municipio vuelven a ser conceptos clave.


El objetivo general es la convivencia. Pensamos que es obligación del Ayuntamiento intervenir y en este sentido promover la regulación de los petardos tanto en cuanto al control en su manipulación como a las condiciones de uso de modo que sigamos disfrutando de esta manifestación festiva, pero reduciendo los riesgos personales y evitando al máximo las molestias a la población.


En esta línea nuestro Grupo Municipal propondrá en el próximo Pleno los principios de una ordenanza, que será redactada por los técnicos municipales, que regule el uso de los artículos pirotécnicos y cartuchería con el claro y principal objetivo de salvaguardar la seguridad de las personas, así como poder conciliar el derecho a su uso para la celebración de determinadas fiestas y eventos con el derecho al descanso y la no alteración de la vida ciudadana.


Los principales y fundamentales puntos que expondremos para su debate serán los siguientes:


1. Realización de una consulta previa a través del portal web del Ayuntamiento para recabar la opinión de la ciudadanía por la futura ordenanza. Art. 133.

2. Se propone la elaboración, en un plazo máximo de tres meses, de una ordenanza municipal por parte de los técnicos municipales y con la colaboración de un concejal por cada grupo municipal, así como la participación ciudadana de hermandades, peñas y asociaciones implicadas que recoja los aspectos que se plantean a continuación:


*La ordenanza aplicará a todas las personas físicas y jurídicas.


*El uso de estos artefactos quedará limitado al ámbito de las festividades locales, autonómicas y nacionales o días de especial significación, y cuyo calendario establecerán anualmente la concejalía de seguridad junto con la concejalía de festejos.


*El uso de los artefactos quedará restringido a la franja horaria de 18:00 a 22:00, excepto días de especial significación, que podrá extenderse un máximo de una franja correspondiente a tres horas adicionales.


*La duración del evento de uso de los artefactos será de un máximo de 30 minutos.


*El uso de los artefactos quedará limitado a las siguientes zonas: Núcleo Urbano: Recinto Ferial, Plaza Constitución y Parque de Europa. Prado Norte: Parque de las Libertades. Santo Domingo: Parque Fernando Fernán Gómez.


*Quedaría prohibido el uso de artefactos en las zonas no urbanas del municipio por el riesgo de incendio.


*Se promoverá en la medida de lo posible por parte del ayuntamiento el carné de usuario de artefactos y los cursos de uso, medidas preventivas que ofrecerá por un coste simbólico la Concejalía de Seguridad en coordinación con la de festejos. La vigencia de este carné será de cuatro años para cuya renovación será preciso recibir un curso de reciclaje.


*Cada evento de uso de artefactos queda sujeto a la autorización correspondiente que deberá tener en cuenta los siguientes puntos:


  • En el caso de solicitud por parte de una persona jurídica (asociación, peña, hermandad) se deberá designar a una persona física, mayor de edad que en su momento pueda contar ya con el carné de usuario como responsable del evento.


  • El evento deberá contar con la presencia de la Policía Municipal para comprobar el cumplimiento de la normativa general de la Ordenanza y las condiciones particulares del permiso concedido.




Capítulo de infracciones

  1. Establecimiento de sanciones económicas por incumplimientos de la normativa.

  2. Retirada del carné de usuario por un tiempo determinado y delimitado en función del incumplimiento.

  3. Estas sanciones serán independientes de las sanciones penales o económicas derivadas del incumplimiento de otra normativa o legislación que rija o aplique.


 
 
 

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